La ANMAT prohibió la venta de un repelente de insectos por considerarlo “ilegítimo”

Se trata de un producto que se vendía a través de plataformas online y que, por no estar inscripto ante el organismo.
lunes 01 de julio de 2024

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció este lunes la prohibición de la comercialización de un repelente de insectos de origen nacional.

Según argumento el organismo de control en la disposición 5693/2024 publicada en la última edición del Boletín Oficial con la firma de la titular de ese organismo de control, Nélida Agustina Bisio, se trata de un producto “ilegítimo, no inscripto en ANMAT, para el que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración”.

Según indica ANMAT, esa situación determinó que “no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable”.

En específico, la normativa hace alusión a la loción repelente de insectos con aceite esencial de citronella marca Levopen, en todos los lotes, presentaciones y contenidos netos.

De acuerdo a lo apuntado en los considerandos, “la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para Salud (DEGMPS) recibió una denuncia efectuada por el representante legal del establecimiento Laboratorios Dermosoluxion Sociedad de Responsabilidad Limitada por el uso indebido del legajo de habilitación ante la ANMAT de este laboratorio en el rotulado del producto”.

El denunciante acompañó su presentación con fotografías del repelente donde se consigna en su etiquetado “Est. Elab. Legajo N.º 2488-Res 155/98, datos que resultan falsos por cuanto el representante del establecimiento LABORATORIOS DERMOSOLUXION S.R.L. declaró que el mismo no ha participado en ninguna de sus etapas productivas”.

Por su parte, “la DEGMPS consultó la base de datos del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal" y a través de ese trámite "pudo determinarse que los datos identificatorios expuestos no corresponden a productos repelentes de insectos inscriptos ante la ANMAT”.

Ante ese panorama, se atendió a la sugerencia de prohibir el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea del producto ilegítimo, “a fin de proteger a eventuales usuarios de los efectos derivados del uso del producto involucrado, toda vez que se trata de un repelente de insectos ilegítimo, no inscripto en ANMAT, para el que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración”.

Fuente: CLARÍN

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